¿Se puede pescar a partir del lunes 25 de mayo?
[ACTUALIZACIÓN para Castilla y León] A partir del lunes 25 de mayo Castilla y León entra en fase 1 (toda la Comunidad, tanto los municipios que estaban en fase 0 como lo que ya estaban en fase 1) (ver BOE) – Entonces, ¿Qué significa esto para la pesca en CyL?
- ¿Se puede pescar en Castilla y León? SÍ
- ¿Dónde se puede pescar en Castilla y León? Cada persona en la provincia en la que reside
- ¿Se puede utilizar vehículo para ir a pescar? Sí, dentro de la provincia
- ¿Hay horarios o limitación de tiempo para pescar en CyL? No, únicamente las que determina la normativa de pesca de CyL
- ¿Hay alguna restricción adicional? Sí. Es obligatorio desinfectar los equipos de pesca (botas, vadeadores, señuelos…) y usar mascarilla si no se puede respetar la distancia de seguridad
- Toda la normativa de pesca por tramos en la APP My Fishing Maps
Con la publicación en el BOE del 16 de mayo de las actividades que se permitirán en la fase 2, se incluyen algunas modificaciones para la fase 1 entre las que se encuentran la caza y la pesca, en concreto se añade el capítulo XV con los artículos 48, 49 y 50. El importante es el 49 que dice:
Artículo 49. Pesca deportiva y recreativa.
Queda permitida la práctica de la pesca deportiva y recreativa en todas sus modalidades siempre que se respete la distancia de seguridad y las medidas de higiene y prevención fijadas por las autoridades sanitarias.
Entonces… ¿Se puede pescar a partir del lunes 18 de mayo?
SOLO si se dan estas condiciones:
- Las CCAA lo permiten expresamente – estaremos atentos a los Boletines Oficiales y anuncios que hagan el lunes 18. Si esto no sucede, nosotros no nos arriesgaríamos a pescar
- Castilla y León ya ha autorizado la pesca – Ver comunicado oficial – También se pueden obtener permisos y pases de control
- Galicia anuncia oficialmente la apertura de la veda – Ver documento
- Asturias también ha emitido un comunicado permitiendo la pesca – Ver documento
- Cantabria publica en el BOC que se levanta la suspensión de la pesca – Ver documento
- Navarra permite la pesca e incluye una pequeña nota en su página web – Ver web
- La Rioja hace una alusión a la reapertura de la pesca en la web donde explica cómo solicitar la devolución de los permisos
- En el País Vasco / Euskadi el Gobierno ha hecho una interpretación diferente y permite la pesca pero con las limitaciones de horarios y movilidad del resto de actividades (ver nota de prensa). En Bizkaia sigue vigente la orden Foral que prohibía la pesca en agua dulce y por lo tanto pensamos que sigue prohibida
- En Aragón, Cataluña (salvo Barcelona), Comunidad Valenciana, Murcia, Andalucía, Extremadura y Castilla la Mancha no tenemos constancia de que se hayan emitido comunicados oficiales pero sabemos que muchos pescadores ya están disfrutando de lo que más nos gusta – (Si tienes detalles sobre la situación de estas regiones, por favor déjanos un comentario)
- La provincia, isla o zona sanitaria en la que vives está en fase 1 – Si vives en Madrid, olvídate, si vives en la provincia de Barcelona o en Castilla y León, dependiendo de tu municipio (más adelante te contamos cómo consultarlo) podrás pescar en ese municipio – si vives en cualquier otra provincia, podrás pescar en esa provincia.
- Desplazamientos, horarios y tiempo permitidos. [Esta es nuestra interpretación y explicación, no podemos asegurar al 100% que sea correcta] – Se permiten los desplazamientos en coche para pescar dentro de la provincia, isla o zona sanitaria. Sin restricción de horarios y sin límite de tiempo.
¿Por qué pensamos que es así?
La caza y la pesca no han sido incluidos como deportes sino como otras actividades (por eso no se podían practicar inicialmente en la fase 1) y por ello no les aplican las condiciones del deporte (prohibición de desplazamiento en coche o franjas horarias) – En cuanto a la limitación de tiempo tampoco aplica al resto de actividades.
Insistimos: Así lo interpretamos nosotros después de horas leyendo varios BOE pero no podemos garantizar que sea así – No hemos encontrado ninguna referencia que permita expresamente los desplazamientos en coche para pescar
Con esta interpretación dentro de la península se podrá pescar, ¡INSISTIMOS! CUANDO LO AUTORICEN LAS PROPIAS COMUNIDADES, en: Galicia, Asturias, Cantabria, Euskadi, La Rioja, Navarra, Aragón, Castilla la Mancha, Andalucía, Región de Murcia, Comunidad Valenciana, Extremadura, Lleida, Girona y Tarragona – y en algunos términos municipales de Castilla y León y de la provincia de Barcelona.
Como se ha confirmado que se podrá pescar en Castilla y León, hemos añadido al mapa de pesca de 2020 las zonas sanitarias en fase 1 – si vives en alguna de las zonas en fase 1 puedes pescar dentro de ese término municipal ¡SOLO DENTRO DE ESE TÉRMINO! Próximamente actualizaremos el mapa de pesca de Cataluña e incluiremos los términos municipales y la fase en la que se encuentran
Una última cosa… también se incluye en la Orden el artículo 50 que obliga a tomar algunas medidas de desinfección (las dos últimas deberían haber sido obligatorias hace mucho para evitar mover organismos entre masas de agua: mejillón cebra, Didymo…)
- Cuando no sea posible mantener la distancia de seguridad establecida será obligatorio el uso de mascarilla.
- No se compartirán utensilios de caza o pesca, ni utillaje de comida o bebida.
- Se deberá limpiar y desinfectar el vestuario después de su uso de acuerdo con lo previsto en el artículo 6 (con desinfectantes como diluciones de lejía 1:50)
- Se deberán limpiar y desinfectar los utensilios de caza y pesca utilizados
¿Estás de acuerdo con nuestra interpretación? déjanos tus comentarios!